Cómo rebajar la cuota tributaria de la declaración de la renta

El año fiscal está a punto de terminar y aquí es donde aparecen la clásica pregunta: “¿Qué puedo hacer yo para reducir la factura fiscal?”. Las recomendaciones giran siempre en torno al sueldo, la vivienda habitual, los planes de pensiones o las pérdidas o ganancias patrimoniales.

Cómo rebajar la cuota tributaria de la declaración de la renta
Recomendaciones para rebajar la cuota tributaria de la declaración de la renta.
Recomendaciones para rebajar la cuota tributaria de la declaración de la renta.

Cuando sale a devolver, todo son alegrías en el mes de junio. La cosa se complica si toca pagar y, más aún, si no se dispone de efectivo. Aunque es posible el pago prorrateado, los créditos rápidos online al instante se convierten en una opción para pagar a Hacienda.

Cómo ahorrar en la próxima declaración

Para empezar bien desde principios de año, la OCU ha publicado una serie de recomendaciones que a continuación se detallan. Seguirlas, o por lo menos intentarlo con aquellas que se puedan, marcarán la diferencia entre un saldo a favor y un saldo en contra. Toma nota de las sugerencias más habituales:

1. Si eres propietario de una casa en alquiler, repasa los gastos con los que puedes deducirte. Si cuando acabe el año tienes un rendimiento positivo, puede interesar adelantar a diciembre los gastos deducibles para que sean menores.

2. Si has transmitido una vivienda habitual y tienes más de 65 años, está exenta de tributación al IRPF. Se entiende por vivienda habitual aquella en la que se viven 3 años seguidos como mínimo.

3. En caso de que tú o tus descendientes tengáis problemas de salud crónicos o de gravedad, interesa solicitar un certificado de discapacidad antes de que acabe el año. Si se consigue uno de a partir del 33%, se aplicarán las deducciones correspondientes.

4. Existen nuevas deducciones del IRPF por aquellas obras que mejoren la vivienda desde un punto de vista energético. Esta deducción es de un 20, 40 o 60%, dependiendo del tipo de obra, sobre una base de entre 5.000 y 7.500 €.

5. Donar a fundaciones, ONG o agrupaciones sin ánimo de grupo empieza a deducir a partir de los 150 € un 80%. Si la cantidad a donar supera esa cifra, la deducción es del 35% que llega al 40% si ya se ha donado por tercer año consecutivo a una misma entidad y las donaciones nunca son inferiores.

6. El impuesto de bienes inmuebles (IBI) tiene bonificaciones en alguna comunidad autónoma que hay que pedir antes de que finalice el año. En el caso concreto de la comunidad de Madrid, puede ser del 90% para las familias numerosas.

7. Amortizar hipoteca es todo un clásico para intentar escatimar algo a la factura final. Para ello, es importante disponer de ahorros porque, además de intentar ahorrar en la declaración, hay que vivir.

Pérdidas y ganancias patrimoniales

Las perdidas y las ganancias se complementan. Si 2022 ha supuesto un año fructífero en el que se han tenido ganancias, pero no se han dejado de acumular pérdidas, estas se complementan para compensar unas con otras. La organización de consumidores señala, eso sí, que hay que tener en cuenta varios aspectos sobre esto:

1. La siguiente declaración será la última donde podrán compensarse pérdidas de 2018. Antes de que acabe el año, es posible vender aquellas inversiones que tenga ganancia similar.

2. Si se tiene en mente hacer una donación o vender algo que supere los 200.000 €, quizá convenga hacerlo antes del 31 de diciembre por si el impuesto sube en 2023.

3. Las ganancias o pérdidas conseguidas por donaciones no se tienen en cuenta en Hacienda; compensa más vender y donar lo conseguido.

4. Vender y recomprar no debe hacerse porque contradice la normativa. Esta impide que se aprovechen las pérdidas de las recompras por lo menos en un plazo de 2 meses.

Planes de pensiones

Este tipo de aportación está bien para aquellas personas que tengan rentas de actividades profesionales, de su trabajo o de alquileres. Hay que tener en cuenta, eso sí, que la cantidad tope para reducir de la base imponible tiene que ser la más baja de los siguientes supuestos:

  • El 30% de la suma de actividades económicas y rendimientos netos de trabajo.
  • De 1.500 €. En los planes empresariales puede llegar a los 8.500 €. Superado este límite no se podrá deducir y además puede ser objeto de sanción.

Es muy probable que ya conocieras estos consejos, pero refrescarlos nunca está de más para empezar el año fiscal con buenas intenciones, buena energía y una organización que te permita ahorrar algo (o por lo menos no pagar) en la próxima declaración de la renta. 

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